FERIADOS INAMOVIBLES
Feriados Nacionales que se rigen por el Decreto 1584/2010
FERIADOS TRASLADABLES
Feriados Nacionales que se rigen por el Decreto 1584/2010
FERIADOS PUENTE TURÍSTICOS
Feriados Puente que se rigen por el Decreto 1768/2013
DÍAS NO LABORABLES
(a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se Invíta a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 3 de Abril a las 18:25 horas y finalizan el día 5 de Abril a las 19:25 horas.
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 9 de Abril a las 18:20 horas y finalizan el 11 de Abril a las 19:20 horas.
Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 13 de Septiembre a las 18:20 horas y finalizan el día 15 de Septiembre a las 19:20 horas.
El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 22 de Septiembre a las 18:30 horas y finaliza el día 23 de Septiembre a las 19:30 horas.
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
(#) Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.