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Uso obligatorio de Posnet

Entra en vigencia la implementación de la Resolución General 3997 – E de AFIP que determina el cronograma de implementación del POSNET obligatorio. La obligatoriedad de su uso rige desde el año 2001 pero con este relanzamiento la AFIP comenzará a realizar controles sobre su cumplimiento.

Detalles de los principales aspectos a considerar:

Comercios mayoristas / minoristas; hoteles y restaurantes

Con ingresos mayores o iguales a 4 millones de pesos facturados en el período fiscal 2015 deberán contar con los "posnet", a partir del 30 de abril

Los que en el año fiscal 2015 facturaron entre 1 y 4 millones de pesos lo deberán hacer a partir del 31 de mayo, y quienes facturaron montos menores, a partir del 30 de junio.

Profesionales; centros de salud; de cultura; deportes o de entrenamiento

Tendrán que usar POS a partir del 31 de julio quienes facturaron 4 millones de pesos o más y desde el 31 de agosto para quienes facturaron entre 1 y 4 millones, y el 30 de septiembre para los que facturaron menos de un millón.

Resto de contribuyentes

Que incluye a taxistas, con la escala de ingresos anunciada deberán utilizar el POS a partir del 31 de octubre, 30 de noviembre, y 31 de diciembre.

Monotributistas

• Categorías F a K: hasta el 31 de diciembre próximo.

• Categorías A a E: hasta el 31 de marzo de 2018.

Incentivos

• Los monotributistas que instalen el posnet para cobrar con tarjeta de débito no tendrán costo por el alquiler del dispositivo por 2 años.

• Los inscriptos en el IVA que instalen el posnet para cobrar con tarjeta de débito tendrán bonificaciones en el costo por el alquiler del dispositivo (descuentos del 50% hasta por 6 meses, o gratuidad de hasta 2 años, según el proveedor del servicio).

• La AFIP disminuye en un 50% las retenciones del IVA y Ganancias en todas las operaciones con tarjetas de débito.

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