El Gobierno Nacional, a través del Decreto 117/2019, modificó el Decreto 380/2001 donde se reglamenta el impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria establecido por la Ley de Competitividad.
En este sentido, la flamante normativa establece que quedarán exentas de dicho impuesto las cuentas de los fondos comunes de inversión a que hace referencia la Ley 24.083 en su primer y segundo párrafo, y los fideicomisos financieros, utilizados en forma exclusiva en el desarrollo específico de su actividad en la medida que su objeto de inversión sea el financiamiento de la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
La medida se da en el marco de seguir promoviendo el crecimiento y desarrollo de las MiPymes, establecido por la Ley de Competitividad, mediante el impulso de políticas de alcance general a través de la creación de nuevos instrumentos de apoyo y la consolidación de los ya existentes.
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