Por el Dr José A Perpignan - Director Médico del Centro de Medicina del Trabajo para Empresas Medicina Laboral Calafate.
Medicina laboral… ¿Qué es? La Medicina Laboral o Medicina del Trabajo, o el antiguo Medico de Fábrica es la rama de la medicina que se especializa en las prevenciones de los riesgos del trabajo que debe afrontar un trabajador de cualquier actividad, oficio o profesión al desempeñar su labor, en el “hecho y ocasión del trabajo.” Hoy se denomina: Salud Ocupacional.
¿Quienes la ejercen?
Los profesionales médicos que luego de graduados, han realizado un posgrado en la materia, y obtiene un título de especialista, que lo habilita a anunciarse como tal y ejercer esta especialidad hábil y legítimamente.
Tal es así, que la ley de Riesgos del Trabajo, (Ley Nacional 24557) más conocida en los medios empresarios y laborales como “Ley de A.R.T”, solo reconoce y habilita que los exámenes ocupacionales (de Ingreso/pre-laborales/pre-ocupacionales) u otras bajo esta norma, sean efectuados por médicos especialistas y que los estudios se realicen en centros médicos laborales habilitados específicamente.
¿Qué es la prevención de la salud en el trabajo?
El progreso científico-técnico, que avanza inexorablemente y caracteriza a nuestra época, plantea como uno de los imperativos del derecho del trabajo actual, la necesidad de proteger la vida, la salud y la integridad psicofísica de los trabajadores, neutralizando los riesgos que la actividad laboral engendra o reduciéndolos a lo mínimos posibles.
Es que interesa no solo al trabajador, a su familia, a la empresa a la que pertenece, sino a toda la comunidad, que quienes prestan servicios por cuenta ajena, mantengan la integridad de su capacidad laborativa y brinden su aporte en plenitud, para la producción de bienes y servicios necesarios para la subsistencia del género humano.
Al respecto, también debe meritarse las consecuencias económicas perjudiciales de los infortunios o accidentes del trabajo, que no solo traen aparejado los llamados “costos directos” (pago de salarios, indemnizaciones, gastos médicos, transporte, etc.) sino también los denominados “costos indirectos u ocultos” (suspensión, baja o perdida en la producción por accidente ante la falta del trabajador especializado o por menos habilidad de su reemplazo).

En este sentido, debe destacarse que si bien los costos directos son absorbidos por las aseguradores (A.R.T.) en los casos que se contraten o que funcionen adecuadamente, NO ocurre lo mismo con los “costos indirectos u ocultos” que soporta exclusivamente la empresa, y que en la mayoría de los casos superan a los primeros. En estos gastos, debe incluirse los ocasionados por las enfermedades comunes que afectan al trabajador, que impiden la asistencia a su lugar de trabajo, y que estas son las afecciones comunes en nuestra sociedad, o aquellas que no se detectaron en el examen pre ocupacional, aun en el marco actual de la obligatoriedad de su realización, (Ley 24557/ 19587) no se detectó, digo, por el simple hecho de no haberse realizado.
Por nuestra parte, consideramos que, sin dejar de valorar las razones morales, sociales y económicas invocadas, el fundamento último de la prevención de los riesgos laborales debemos buscarlo en el respeto a la dignidad del trabajador, del trabajo humano, cualquiera que ella sea, derivada, precisamente de la dignidad del sujeto que la realiza, donde, si queremos que el trabajo contribuya al mejoramiento y perfeccionamiento de quienes la ejercen, o dicho en otros términos si esta en nuestra mira hacer “ el trabajo humano más humano” debemos propugnar condiciones adecuadas para ello.
Así, partiendo de la consideración de la empresa como una comunidad de personas tenderemos a lograr una revalorización del hombre, respetando el funcionamiento de los ambientes naturales que lo “nutren y le brinden un clima propicio para su desarrollo“.
Es que la empresa no solo es una yuxtaposición de contratos( Civiles, comerciales y laborales) como se la considera desde un punto de vista individualista, sino un “ambiente, una comunidad humana “ que se proyecta al mundo exterior, en cuanto produce bienes y servicios, y en lo interno está destinada a lograr condiciones de convivencia adecuadas y seguras que permitan un desarrollo de la producción en los que se considere, además de los aspectos económicos o rentables, que los hombres (personas) que la integran, cualquiera que sea su función o jerarquía, encuentren en ella un “ ambiente” propicio que posibilite su desarrollo integral como seres humanos (bien individual).
Dentro de este contexto, la prevención de los infortunios a través de la implementación y desarrollo de las medidas técnicas y de procedimiento que la Medicina Higiene y Seguridad en el Trabajo imponen, se presenta como un pilar fundamental, de impostergable concreción, en salvaguarda de la salud del trabajador y de los valores fundamentales del ser humano.
Dr. Jose A. Perpignan
Medico – MP 240 MN 79914
Cirujano de Hospital
Especialista en Medicina del Trabajo
Magister en Administración de Negocios (MBA)