Luego de sancionada por unanimidad la Ley N° 3548 por la Legislatura Provincial que decreta la Emergencia Comercial en toda la Provincia de Santa Cruz hasta el 28 de febrero de 2018 compartimos con ustedes algunos detalles de su alcance.
En principio para adherirse a dicha Ley ingrese al siguiente link para la solicitud del Certificado de Emergencia Comercial:
El mismo debe ser impreso por duplicado y presentado en la delegación local de la ASIP, Buenos Aires 133. Demora entre 48 hs. y 5 días.
La declaración de emergencia comercial podrá ser utilizada con el fin de gestionar los siguientes beneficios, que quedarán supeditados a la aprobación de cada organismo o entidad bancaria:
Líneas de créditos a tasa diferenciada ante las entidades crediticias o financieras.
Exenciones y/o diferimientos de vencimientos en la presentación y pago de declaraciones juradas de tributos en el ámbito nacional.
Solicitar planes de facilidades de pago de impuestos y tasas municipales y cualquier otro trámite que requiera la presentación del certificado de emergencia comercial.
Para tramitar el beneficio establecido por la Resolución General 4112-E de AFIP que comprende a los establecimientos alcanzados por la Ley 3548 los responsables deberán realizar la correspondiente solicitud mediante la presentación de una nota -con carácter de declaración jurada- en los términos de la Resolución General N° 1.128, ante la dependencia de este Organismo en la que se encuentren inscriptos, acompañada de la certificación extendida por la Secretaría de Comercio e Industria dependiente del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria de la Provincia de Santa Cruz, que acredite que el responsable se encuentra comprendido en la declaración de emergencia comercial.
A nivel provincial la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) suspende el inicio de ejecuciones fiscales y la continuidad de aquellas que se encuentren en trámite, durante el plazo de la emergencia. En tanto, la modificación incorporada en el recinto establece que todas aquellas que no tengan sentencia se continuarán hasta su fallo sin actos de ejecución.
Se firmó un acuerdo entre los representantes a nivel nacional de FEHGRA y UTHGRA el cual contempla un tratamiento especial a los establecimientos hoteleros y gastronómicos de Santa Cruz.
Los puntos relevantes del acuerdo son:
La suspensión de las intimaciones por falta de pago.
Un régimen especial de facilidades de pago, en 12 cuotas sin interés
3 % de Gastos Administrativos
En tanto, a nivel local el HCD sancionó un proyecto de ordenanza, propuesto por nuestra Cámara, para que el municipio de El Calafate se adhiera a la Ley de emergencia comercial. En la última sesión se aprobó dicha resolución mediante la cual se establece la suspensión por parte del municipio “de la emisión y gestión de intimaciones por falta de pago, y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos, correspondientes a los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la ley” de Emergencia Comercial. Además la futura norma autoriza al Ejecutivo Municipal a “establecer planes de regularización de deuda, para aquellos contribuyentes y/o responsables que adeuden impuestos, tasas, derechos y contribuciones municipales”.