La Administración Federal Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4390/2018, se establecen ciertas modificaciones en el Plan de Facilidades de Pago, conocido como “Puente Fiscal”, dispuestos por las Resoluciones Generales 4.268, 4.289 y 4.341, la cual ya se encuentra en vigencia.
En tal sentido, la resolución genera las siguientes modificaciones:
-Permite la regularización de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, sus intereses y multas.
-El plan de pagos establece un máximo de 48 cuotas y una tasa de financiamiento mensual de 3% para las micro y pequeñas empresas, mientras que para el resto de los contribuyentes será de 4% para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, más enero de 2019.
-Aquellos contribuyentes que posean planes caducos por deudas vencidas al 30 de septiembre no podrán ingresar la misma deuda en este nuevo plan hasta el 31/01/2019.
Para poder adherirse, los contribuyentes deberán tener constituido su Dominio Fiscal Electrónico.
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